El Ilustre Colegio Oficial de Físicos de España es la Corporación, amparada por la Constitución y reconocida por el Estado, que se encarga de la ordenación del ejercicio de la profesión, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales de los Colegiados.

Esta Organización que agrupa a casi 3000 profesionales Físicos de todo el territorio español, está constituida por una serie de Delegaciones territoriales distribuidas a lo largo de todo el territorio español.

Según se establece en los Estatutos Generales de este Colegio, sus funciones son, entre otras derivadas, las siguientes:

  1. Ordenar la actividad profesional de los Físicos, su armonización y dignificación, y como consecuencia visar los trabajos que estos realicen según criterios de competencia profesional en su elaboración.
  2. Promover la formación integral y el perfeccionamiento continuado de los Colegiados. Organizar actividades y servicios comunes de carácter profesional, formativo, cultural, etc … y de interés para los mismos.
  3. Instituir servicios de asesoramiento a los colegiados en su ejercicio profesional y al público en general en asuntos de competencias de los Físicos.

Con el fin de asumir la realización más correcta de los objetivos que se propongan para llevar a cabo las tres funciones fundamentales mencionadas, este Colegio tiene establecido un entramado de COMISIONES responsables, en todo o en parte, de cada una de las funciones mencionadas.

Dentro de esta estructura, la COMISIÓN DE VISADOS será la encargada de estable-er si un proyecto presentado por un Físico en el ejercicio libre de su profesión es susceptible de ser VISADO por este Colegio Profesional.

El VISADO de un proyecto establecerá que el mismo cumple, en su realización, una serie de requisitos formales básicos; y lo que es más importante, el Visado de un proyecto indicará inequívocamente que el Físico firmante es COMPETENTE para la realización de dicho proyecto.

De lo dicho anteriormente se deduce que la Comisión de Visados, al tener la potestad colegial de decidir si un proyecto puede ser visado o no, fijará, según la definición de Visado, las COMPETENCIAS PROFESIONALES DEL FÍSICO, clarificando con ello la actividad profesional del mismo.

Por otra parte, la Comisión de Visados también será la encargada de habilitar los mecanismos para dar a conocer aquellos campos de actividad más desconocidos y de mayor demanda laboral. Para ello utiliza todos los medios a su alcance que se resumen en dos fundamentales: divulgación informativa y realización de conferencias, jornadas, etc … En este sentido la Comisión da una especial importancia al asesoramiento individualizado y personal de los colegiados.

Esta Comisión será, por lo tanto, un instrumento necesario para el desarrollo profesional del Físico, ya que no sólo habilita los mecanismos para la regulación de la libre competencia, sino que además concentra su mayor esfuerzo en fomentar la implantación del papel del Físico en el vasto mundo laboral.

Este documento de la Comisión de Visados surge como un elemento necesario para aportar la información que regule el funcionamiento del sistema de visados de este Colegio Oficial.

Normas básicas que regulan el visado de proyectos y trabajos especiales

1.- TARIFA POR VISADO

1.1.- La tarifa por visado, será de un 5,5% de los honorarios fijados por el Físico. Al resultado obtenido de la aplicación de este porcentaje, se le incrementará una cantidad fija de 29 Euros por gastos de visado. A la cantidad resultante se le incrementará el I.V.A. vigente.

1.2.-
 La tarifa por visado será la misma para las Direcciones de Obra.

1.3.- El precio completo (tarifa+gastos) a cobrar por un visado nunca será inferior a 39 Euros más el IVA vigente.


2.- GESTIÓN DEL VISADO

2.1.- Según el art. 25 del Reglamento de Régimen Interno, todo proyecto o estudio que se someta a visado, deberá ir acompañado, necesariamente, de una instancia en la que se hará constar:

1.- Nombre y número del colegiado firmante.
2.- Título del trabajo y ámbito de competencia profesional.
3.- Cuantía económica y honorarios profesionales.
4.- Destinatario del trabajo o propiedad del mismo.

No existe un modelo específico para esta instancia aunque podrá utilizarse la Hoja de Encargo y Presupuesto.

2.2.- El proyecto deberá presentarse en la Secretaría de la Sede del Colegio, Facultad de Ciencias Físicas de la Universidad Complutense – Plaza de las Ciencias, 1. Ciudad universitaria – 28040 Madrid, y podrá entregarse en mano o remitirse por correo (*).

2.3.-
 Deberán presentarse todas las copias que deseen ser visadas, más una, que quedará en los archivos del Colegio

2.4.- El proyecto visado podrá recogerse en mano o remitirse por correo. En este último caso, el Colegiado deberá indicar a la Secretaría del Colegio la dirección de envío y el medio a emplear. El coste del envío será por cuenta del colegiado.

2.5.- El plazo mínimo de emisión de un visado es de un día, a lo que deberá añadirse el tiempo de correo o mensajero. Este plazo podrá verse incrementado en función del número de proyectos distintos que se presenten en cada entrega.

 

3.- GESTIÓN DE COBRO

3.1.- La entrega del proyecto visado estará condicionada al pago de la cantidad correspondiente por visado.

3.2.- El pago de la tarifa por visado deberá ser mediante cheque nominativo o transferencia, adjuntando copia de la orden efectuada.

3.3.- El Colegio podrá, previa solicitud expresa que deberá ser aceptada, gestionar el cobro de los honorarios del Físico, sin embargo, esa gestión sólo significará que este Colegio se hace depositario del proyecto para entregarlo a quien fije el firmante siempre y cuando este se someta a las condiciones que el depositario determine.

3.4.- 
En la gestión del cobro de los honorarios, el Colegio en ningún caso podrá emitir facturas a su nombre por el cobro de los mismos.


(*) correo postal, servicio de paquetería o correo electrónico adjuntando trabajo con firma digital del colegiado

A continuación figuran algunos de los modelos de utilidad para el colegiado que realiza un proyecto.

Se tratan de modelos orientativos, de manera que podrán ser reproducidos siempre y cuando dicha reproducción se realice respetando los contenidos en ellos indicados.

Hoja de encargo y presupuesto

Modelo general de certificado

Certificado de Dirección de Obra realizada

Modelo de autorización del colegiado al colegio para la entrega del proyecto visado a un tercero

La profesión de Físico (Physicist) está recogida en la base de datos de profesiones reguladas de la Comisión Europea
(véase acceso público / acceso con registro) con las actividades y los sectores espoecíficos dela profesión.