Las competencias
profesionales del físico no están reguladas por ninguna ley específica
que las desarrolle. Para suplir esta carencia, el Colegio Oficial
de Físicos ha establecido, en base al conocimiento de la
realidad de su colectivo, un listado enunciativo de las funciones
del físico, ratificado en la Asamblea General de
20/06/2008 e incorporado como Artículo 21 de sus Estatutos.
Funciones de la profesión de Físico.
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la Constitución,
la Ley regulará el ejercicio de la profesión de Físico.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el número anterior y de las funciones y atribuciones de otras profesiones, el Colegio Oficial de Físicos considera que la profesión de Físico, como profesión regulada que es, puede realizar las que, a título meramente enunciativo, a continuación se relacionan:
a) Enseñanza y divulgación de la Física en sus aspectos tanto científicos como técnicos sobre temas relacionados con la misma.
b) Asesoramiento sobre temas relacionados con la Física.
c) Investigación, desarrollo e innovación en ciencias y tecnologías físicas.
ch) Herramientas para la generación de conocimiento y elaboración de políticas estratégicas. Prospectiva y Vigilancia.
d) Medio ambiente. Estudios y proyectos técnicos sobre contaminación atmosférica, lumínica, acústica, ahorro y eficiencia energética, agua y residuos.
e) Evaluaciones de Impacto Ambiental y desarrollo de Sistemas de Gestión Medioambiental.
f) Producción de tecnologías para la generación de electricidad, frío y calor.
g) Diseño y gestión de instalaciones de energías renovables como eólicas, solares térmicas, solares fotovoltaicas y otras.
h) Transporte y distribución de electricidad.
i) Sistemas de almacenamiento de energía.
j) Portadores energéticos.
k) Las relacionadas con el área de la protección radiológica, vigilancia y control de las radiaciones ionizantes y electromagnéticas.
l) Electromedicina y diagnóstico por imagen.
ll) Física médica.
m) Tecnologías de gestión de la información. Programación, diseño y gestión de sistemas informáticos y de telecomunicaciones. Sistemas de control, diagnóstico y simulación de procesos en sus distintas aplicaciones. Tecnologías de búsqueda, recuperación y análisis de información. Sistemas de gestión del conocimiento.
n) Tecnología espacial y aeronáutica. Estudios de telemetría y teledetección, sistemas de información geográfica, diseño de sistemas de comunicaciones vía satélite.
ñ) Producción de sistemas de armamento y defensa.
o) Meteorología, modelos de difusión atmosférica y climatología.
p) Diseño y producción de instrumentación científico-técnica.
q) Organización y gerencia de laboratorios de ensayos y calibración. Estudios metrológicos en todos sus ámbitos.
r) Geofísica y prospección. Planificación de sondeos y prospecciones geofísicas. Estudios sismológicos.
s) Diseño, desarrollo y ejecución de tecnologías ópticas, óptico-electrónicas y fotónicas.
t) Elaboración de proyectos de instalaciones eléctricas de alta, media y baja tensión; de calefacción, climatización y A.C.S.; de fluidos (agua, gas y otros combustibles); y de telecomunicaciones.
u) Elaboración de proyectos para la obtención de licencias de implantación de actividad.
v) Microsistemas y nanotecnología.
w) Diseño, desarrollo y aplicación de diseños electrónicos.
x) Sistemas de prevención de riesgos laborales en todas las áreas indicadas en este artículo.
y) Todas aquellas actividades que guarden relación con la Física y tecnologías físicas.
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